Nueva Ley Vehículos Históricos 2025

¿Tienes un coche clásico y quieres disfrutarlo sin restricciones? Aquí te explicamos cómo hacerlo legalmente en 2025, con la nueva ley vehículos históricos en vigor.

La nueva ley vehículos históricos en España ha entrado en vigor en octubre de 2024 con el Real Decreto 892/2024. Aunque se publicó el año pasado, sus efectos más relevantes se están notando ya en 2025, especialmente en los procesos de matriculación.

En este artículo te contamos qué ha cambiado, qué vehículos pueden acogerse a la nueva normativa y por qué conviene recurrir a un experto si estás pensando en matricular el tuyo como histórico.


Nueva Ley Vehículos Históricos: ¿Qué es un vehículo histórico según la ley española?

BMW E30 Cabrio legalizable según la nueva ley vehículos históricos 2025.
Este BMW E30 cabrio de 1987 se puede matricular como vehículo histórico en España bajo la nueva ley de 2025.

No todos los coches antiguos son vehículos históricos. Según la nueva normativa, un vehículo histórico (VH) es aquel que:

  • Tiene al menos 30 años desde su fabricación o primera matriculación.
  • Ha dejado de producirse.
  • Conserva las características técnicas originales (motor, frenos, dirección, suspensión…).
  • No ha sido modificado de forma que afecte a su autenticidad.

Además, también pueden considerarse históricos los vehículos con interés cultural o patrimonial, como los que han pertenecido a personas relevantes o han intervenido en hechos históricos.


Qué cambia con la nueva ley vehículos históricos en España 2025

El nuevo reglamento soluciona muchas de las trabas del sistema anterior. Entre las principales novedades:

  • Se suprime la fase de catalogación por Industria, lo que simplifica los trámites.
  • Se crean dos procedimientos diferenciados, que se explican más abajo en la sección de requisitos para la matriculación.
  • Se reconoce legalmente a nuevas figuras: los Servicios Técnicos de Vehículos Históricos (entidades acreditadas por las comunidades autónomas que sustituyen a los antiguos laboratorios).
  • Se aceptan más tipos de reformas si son coherentes con la época del vehículo, incluso si se realizaron hasta 15 años después de que finalizara su producción, siempre que fueran habituales y anteriores a su catalogación.
  • Los vehículos de más de 60 años y todos los ciclomotores históricos quedan exentos de ITV.
  • Se permite usar matrículas originales extranjeras como ornamento, además de otras matrículas históricas previas.
  • Se detalla por primera vez qué se considera uso ocasional: hasta 96 días al año.

Requisitos para matricular un vehículo histórico según la nueva ley vehículos históricos 2025

Aunque el proceso se ha modernizado, sigue siendo técnico y variable según el tipo de vehículo. La ley establece distintos procedimientos dependiendo de si:

  • Ya está matriculado en España.
  • Es importado.
  • Tiene reformas.
  • Está en circulación o no.

En cualquier caso, siempre se requiere documentación técnica, informes especializados y gestión ante la DGT.

A partir de la entrada en vigor del nuevo reglamento, existen dos procedimientos diferenciados para la catalogación:

  • Procedimiento A (abreviado): para vehículos ya matriculados en España, con al menos 30 años y la ITV en vigor. Requiere una declaración responsable y documentación básica. No necesita inspección previa ni informe técnico.
  • Procedimiento B (completo): para vehículos importados, sin matrícula española activa o sin ITV vigente. Es obligatorio un informe técnico emitido por un Servicio Técnico de Vehículos Históricos, inspección previa y posterior ITV para poder tramitar la matriculación como histórico.

👉 Desde Schengen Auto nos encargamos de todo por ti. Muchos propietarios intentan gestionarlo por su cuenta y acaban bloqueados con los informes, los plazos o la documentación técnica. Otros tardan meses en resolverlo, tiempo durante el cual no pueden disfrutar de su clásico ni circular legalmente con él. Nosotros te lo ponemos fácil: experiencia, agilidad y resultados. Adaptamos el trámite según tu caso, sin errores ni pérdidas de tiempo.


Ventajas fiscales y de circulación según la nueva ley vehículos históricos

Tener un coche clásico matriculado como histórico tiene beneficios reales:

  • Exención del impuesto de circulación en muchos municipios. No es necesario que el vehículo esté matriculado como histórico para beneficiarse, pero en muchos ayuntamientos solo se conceden estas exenciones a vehículos de más de 25 o 30 años, y los históricos suelen estar automáticamente incluidos en ese grupo.
  • ITV más laxa y menos frecuente, o incluso exenta si el vehículo tiene más de 60 años y está matriculado como histórico, según lo previsto en el Real Decreto.
    • De 30 a 39 años: ITV cada 2 años.
    • De 40 a 44 años: ITV cada 3 años.
    • A partir de 45 años o motocicletas: ITV cada 4 años.
    • Más de 60 años o ciclomotores históricos: exentos de ITV periódica.
  • Acceso permitido a las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE). Los vehículos históricos están exentos de llevar distintivo ambiental, y los ayuntamientos pueden permitir su circulación ocasional en estas zonas, incluso si no disponen de etiqueta.
  • Posibilidad de recuperar matrículas antiguas u originales.
  • Reconocimiento como vehículo histórico, lo que aporta valor añadido para coleccionistas sin afectar a la propiedad del vehículo.

Además, la ley anima a los ayuntamientos a facilitar su circulación ocasional en ciudades, para no poner en peligro la conservación de estos vehículos.


¿Puedo importar un coche clásico y acogerme a la nueva ley vehículos históricos?

Mercedes 190 SL con matrícula de Liechtenstein, ejemplo de vehículo clásico legalizable como histórico con la nueva ley vehículos históricos en España.
Este Mercedes 190 SL con matrícula extranjera (de Liechtenstein) podría ser importado y legalizado como vehículo histórico en España.

Sí. La nueva ley permite registrar como históricos vehículos traídos de otros países, siempre que cumplan los requisitos.

Esto aplica especialmente a vehículos que, por conservación, originalidad o interés patrimonial, pueden acogerse a la clasificación histórica.

Ejemplos por país (más fáciles de importar y legalizar como históricos):

  • 🇩🇪 Alemania: BMW E30, Porsche 944, Mercedes W123.
  • 🇫🇷 Francia: Renault 5 Turbo, Citroën DS, Peugeot 205 GTI.
  • 🇬🇧 Reino Unido: MG B, Triumph Spitfire, Jaguar XJ-S.
  • 🇺🇸 EE.UU.: Ford Mustang, Corvette C3, Cadillac Eldorado.
  • 🇮🇹 Italia: Alfa Romeo Spider, Fiat 124 Sport Coupé, Lancia Fulvia.
  • 🇳🇱🇨🇭 Países Bajos y Suiza: clásicos bien conservados y fáciles de catalogar como históricos.

👉 Pero atención: no todos los coches de 30 años pueden acogerse a la matrícula histórica, y algunos casos requieren informes adicionales, como los vehículos sin matrícula española previa o con reformas.

En Schengen Auto te ayudamos a verificar si tu vehículo puede ser reconocido como histórico, incluso antes de comprarlo. Así evitarás sorpresas en el proceso.


Caso práctico: Un Golf cabrio suizo que cruzó Europa y terminó legalizado en España

Volkswagen Golf MK1 Cabriolet procedente de Suiza, legalizado como vehículo histórico con la nueva ley vehículos históricos en España
Este Volkswagen Golf MK1 fue importado desde Suiza y legalizado como vehículo histórico por Schengen Auto.

Un cliente expatriado nos contactó para regularizar en España su Volkswagen Golf MKI Cabriolet procedente de Suiza, que había sido su compañero de viajes durante años por Bosnia, Ucrania, Hungría y Suiza.

Tras consultar con varias empresas del sector, se encontró con presupuestos inflados y falta de claridad. Algunas aplicaban a la vez IVA, arancel e ITP, sin conocer adecuadamente cómo funciona la fiscalidad en importación. Esto es un error común: si se aplica IVA, no corresponde pagar ITP, y viceversa. Más información sobre esto en nuestro artículo sobre IVA deducible e impuestos en importación. Además, ninguna parecía entender cómo aplicar el nuevo Reglamento de Vehículos Históricos en su caso.

Desde Schengen Auto asumimos el caso bajo el procedimiento B, necesario para vehículos importados:

  • Estudiamos la viabilidad legal y fiscal, y asesoramos sobre la mejor forma de proceder.
  • Gestionamos todos los trámites aduaneros: preparamos la documentación, calculamos correctamente impuestos y aranceles, y tramitamos el DUA.
  • Coordinamos el informe de idoneidad con un Servicio Técnico de Vehículos Históricos acreditado.
  • Organizamos la ITV específica para vehículos históricos y gestionamos la matriculación definitiva.

El resultado fue un coche legalizado, exento de errores administrativos, y ya reconocido como vehículo histórico en España, listo para circular y conservar su valor.


Imagina tu clásico circulando libremente: nosotros lo hacemos posible

La nueva ley de vehículos históricos abre la puerta a que muchos coches clásicos —ya sean nacionales o importados— puedan volver a la carretera, sin restricciones medioambientales ni trabas burocráticas.

¿Te imaginas conduciendo tu clásico por carretera abierta o entrando en una ciudad sin preocuparte por etiquetas ambientales ni multas? ¿Accediendo con total libertad a ZBE, sintiendo que tu vehículo está reconocido, valorado y protegido?

En Schengen Auto lo hacemos posible: nos encargamos de todo el proceso, desde el estudio de viabilidad hasta la gestión técnica, administrativa y fiscal. Si aún no tienes tu coche, también podemos ayudarte a buscarlo e importarlo a la carta, listo para ser legalizado como histórico en España.


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